12-02-2016 | Contrataciones con aseguradoras será información confidencial.
Contrataciones con aseguradoras será información confidencial
Fuente: La Crítica / Aneldo Arosemena
La Superintendencia de Seguros y Reaseguros expidió una resolución en la que enumeran qué tipo de información tiene carácter restringido y confidencial, por lo que no está disponible al público, de acuerdo con lo que señala la Ley 6 de 22 de enero de 2002, también conocida como ley de transparencia.
Según la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, tienen carácter confidencial y de acceso restringido, las que tengan información de los contratantes, asegurados, beneficiarios, terceros, con interés legítimo y clientes de las personas supervisadas (aseguradoras y reaseguradoras), así como información relacionada con siniestros y ajustes.
También están las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias de la junta directiva de la Superintendencia, inspecciones, auditorías, verificaciones a los entes regulados, proceso de regularización, toma de control administrativo y operativo, liquidación voluntaria o liquidación forzosa de estos entes.
Información que sustente las solicitudes de licencia, cambio o cancelaciones de licencias de seguros o reaseguros, aseguradoras cautivas y demás entes regulados por la Superintendencia.
Se incluyen, además, las informaciones sobre investigaciones relativas a blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo y lo que a juicio del director general, debe tener acceso restringido o carácter confidencial.
La normativa está contemplada en la Resolución DG-001 de 3 de febrero de 2016, que fue publicada ayer en la Gaceta Oficial del Estado.